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RESOLUCIÓN N° 1728/05 del Consejo Superior Universitario
por la que se crea la Editorial de la Universidad Tecnológica Nacional
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Buenos Aires, 1° de diciembre de 2005.
 
          VISTO el Estatuto de la Universidad Tecnológica Nacional y la Resolución del Rectorado N° 902/05. 

          CONSIDERANDO: 
          Que el Estatuto de la Universidad Tecnológica Nacional en su Artículo 1° determina que la misión específica de la Universidad Tecnológica Nacional es crear, preservar y transmitir la técnica y cultura universal en el campo de la tecnología. 
          Que las publicaciones impresas o realizadas en soporte multimedia y otros recursos modernos son medios importantes para preservar y transmitir los resultados de la creación universitaria en todos los campos de su actividad, particularmente en las áreas académicas, de investigación y de extensión. 
          Que un sello editorial puesto al servicio de toda la Universidad es uno de los recursos institucionales más adecuado para identificar las publicaciones de la Universidad Tecnológica Nacional. 
          Que la administración del citado sello editorial debe concretarse en una Editorial Universitaria cuya misión sea la de promover la generación de contenidos de calidad y rigor tecnológico científico, su publicación y distribución, así como la gestión económica del sistema. 
          Que a consecuencia de lo encomendado por la Resolución N° 902/05 se cuenta con un proyecto que desarrolla propuestas conceptuales y organizatívas aplicables a la citada editorial universitaria. 
         Que el sector jurídico ha tomado la intervención que le compete. 
         Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones otorgadas por el Estatuto Universitario. 

Por ello, 
El CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO DE LA 
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL 
RESUELVE: 
ARTÍCULO 1°.- Crear como órgano dependiente del Señor Rector la Editorial de la Universidad Tecnológica Nacional. 

ARTÍCULO 2°.-Solicitar al Sr. Rector en acuerdo a lo establecido en el Art. 1° que en el plazo de 90 días se eleve a este Consejo Superior el proyecto de estructura orgánica, el presupuesto para el año 2006 y los detalles operativos de funcionamiento. 

ARTÍCULO 3°.-Regístrese. Comuníquese y archívese. 

RESOLUCIÓN N° 1728/05 

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